REDUCCION CONSUMO ENERGIA PRIMARIA
Ha de ser de al menos un 7%, es necesario certificado expedido por técnico competente.
La deducción se hará en el período impositivo en el que se expida el certificado y siempre antes de 01/01/2023.
Base máxima de deducción: 5.000€/año.
Deducción del 60% de las cantidades satisfechas para la realización de obras de eficiencia energética desde el 06/10/21 al 31/12/22, de las obras realizadas en la vivienda habitual o alquilada. En caso de vivienda en expectativa de alquiler antes de 31/12/2023
EFICIENCIA ENERGETICA
No requiere certificado, se considerarán las obras de eficiencia energética aquellas contempladas en el artículo 9 de la Ley 11/2020, de 26 de diciembre, de calidad térmica de los edificios.
La deducción se hará en el período impositivo en el que se realicen las obras y siempre antes de 01/01/2023.
Base máxima de deducción: 5.000€/año.